UNA MIRADA RÁPIDA A LA VIOLENCIA DE GÉNERO EN COLOMBIA

Por: Laura Isabel Soto Muñoz
Fecha: agosto 10, 2023

La violencia contra la mujer es una problemática social que pone en riesgo la vida de miles de mujeres en Colombia. De acuerdo con la Procuraduría General de la Nación – PGN, durante el 2022, tres mujeres cada hora fueron víctimas de violencia intrafamiliar y cerca de dos mujeres al día de feminicidio[1]. Pero ¿qué es la violencia contra la mujer? De acuerdo con la Asamblea General de la ONU (1994), es todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o sicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la vida privada[2].

La violencia contra la mujer es entonces la manifestación de fenómenos sociales y culturales que han generado una vulnerabilidad persistente para las mujeres solo por el hecho de ser mujeres (machismo[3], misoginia[4] y discriminación[5]), pues hace parte de una cultura de organización y dominación[6] en la cual se construye una percepción de género donde prevalece la autoridad y el poder de los hombres y lo masculino; mientras las mujeres son despojadas del ejercicio de libertades, derechos, poder económico, social o político. De lo anterior la importancia de conocer los tipos de violencia contra la mujer. De acuerdo con ONU Mujeres estos son algunos[7]: violencia económica; violencia psicológica; violencia emocional; violencia física; violencia sexual; feminicidio; acoso sexual; etc.

Fuente: elaboración propia con información de ONU Mujeres Colombia[8]:

Ahora bien, en Colombia hay avances normativos y de política pública para la igualdad de género y la eliminación de las violencias contra las mujeres. Entre los avances de los últimos diez años podemos mencionar:

Ley 1719 de 2014. Tiene por objeto la adopción de medidas para garantizar el derecho de acceso a la justicia de las víctimas de violencia sexual, en especial de la violencia sexual asociada al conflicto armado interno.

Ley 1761 de 2015. Reconoce como delito autónomo dentro del código penal el feminicidio y lo define.

Ley 1773 de 2016. Reconoce como delito autónomo dentro del código penal el ataque con agente químico.

Ley 1959 de 2019. Modifica y adiciona el delito de violencia intrafamiliar, incluyendo dentro del sujeto pasivo de esta conducta a exparejas y personas cuidadoras sin vínculos familiares.

Decreto 1710 de 2020. Crea el Mecanismo Articulador para el Abordaje Integral de la Violencia por Razones de Sexo y Género de las mujeres, niños, niñas y adolescentes.

Ley 2172 de 2021. Promueve medidas de acceso prioritario a los programas de vivienda digna a las mujeres víctimas de violencia de género extrema.

Ley 2137 del 2021. Crea el Sistema Nacional de Alertas Tempranas para la Prevención de la Violencia Sexual contra los Niños, Niñas y Adolescentes.

Ley 2215 de 2022. Establecen las casas de refugio en el marco de la Ley 1257 de 2008 y se fortalece la política pública en contra de la violencia hacia las mujeres.

Ley 2261 de 2022. Garantiza la entrega gratuita, oportuna y suficiente de artículos de higiene y salud menstrual a las mujeres y personas menstruantes privadas de la libertad.

Decreto 1106 de 2022. Sistema Nacional de Mujeres[9]

Documento CONPES 161 de 2013. “Política de Equidad de Género para las Mujeres”, que dentro de sus seis ejes y en su plan de acción respondía al “Plan Nacional para garantizar una vida libre de violencias”

Documento CONPES 4080 de 2022. “Política Pública de Equidad de Género para las Mujeres: Hacia el Desarrollo Sostenible del País”, que cuenta con un componente de estrategias para fortalecer las políticas de prevención y atención integral de las violencias contra las mujeres.

Sistema Integrado de Información Sobre Violencias de Género. El SIVIGE tiene como propósito principal disponer de información estadística sobre violencias de género.

Pese a estos avances normativos, existen deficiencias tanto en el diseño como en la implementación adecuada de estas políticas, pues sus resultados y las cifras demuestran que no han logrado frenar este fenómeno que afecta la vida cotidiana de tantas mujeres. Aún hace falta impulsar estrategias enfocadas en la prevención de la violencia contra la mujer y la atención de víctimas. Por ejemplo, en México a diferencia de Colombia para atender las aterradoras cifras de feminicidios se crearon fiscalías especializadas para la adecuada atención de estos casos, mientras que en el país hasta ahora se están introduciendo funcionarios expertos capacitados en el tratamiento de casos de violencia de género en algunas instancias y ciudades grandes, lo que podría estar contribuyendo a que aproximadamente un 90 % de los casos de violencia sexual y delitos sexuales violentos cometidos en Colombia queden impunes[10]. Por otro lado, las cifras sobre violencia contra la mujer en el país permiten visibilizar la magnitud de la problemática y ayudan a la identificación del fenómeno, el cual se encuentra normalizado e invisibilizado.

De acuerdo con el Observatorio Colombiano de Feminicidios, 3.111 mujeres fueron víctimas de feminicidio entre 2018 y 2022. En particular, durante el 2022 se registraron 619 de estos feminicidios[11]. Los departamentos donde se concentró el mayor número de casos durante el 2022 fueron el Valle del Cauca con el 15,35 % de los casos; Antioquia (14,38 %); Bogotá (13,41 %) y Atlántico (7,59 %). Los departamentos donde se presentaron el menor número de casos fueron Chocó con tres, Boyacá con dos y el Guaviare con un caso. Con respecto al rango de edad de las víctimas, del total de las víctimas de feminicidio, 255 eran mujeres entre los 20 y 34 años y 50 eran niñas menores de 18 años, representando en conjunto más del 50 % de las mujeres asesinadas.

Según cifras del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, durante el 2022 se registraron 47.771 casos de mujeres víctimas de violencia intrafamiliar y/o de pareja, presentando un aumento de 7.713 casos en comparación con el año 2021[12]. Las cifras evidencian que, del total de casos, el 43,73 % tuvieron como principal factor desencadenante de la agresión la intolerancia y el machismo y en el 30,06 % los celos, la desconfianza y la infidelidad, convirtiendo a estos dos factores como los principales desencadenantes de la violencia intrafamiliar hacia las mujeres al estar involucrados en cerca del 74 % de los casos. Cabe resaltar que cuando una mujer es víctima de violencia intrafamiliar y/o de pareja, las probabilidades de que su pareja o expareja hombre esté involucrado son altas. Los departamentos donde se concentraron el mayor número de mujeres víctimas de violencia intrafamiliar y/o de pareja durante el 2022 fueron Bogotá con el 22,17 % de las victimas; Antioquia (11,45 %); Cundinamarca (9,75 %) y Valle del Cauca (6,9 %). Los departamentos donde se presentaron el menor número de casos fueron el Vichada, Guainía y Vaupés, quienes en conjunto representan cerca del 1 % de los casos.

El reporte de exámenes medicolegales por presunto delito sexual en mujeres aumentó en 3.650 casos en 2022, frente a lo reportado en 2021. Lo más preocupante de las cifras es que ocho de cada diez víctimas de presunto delito sexual fueron niñas menores de 18 años, pues representan el 81,41 % del total de los reportes, de las cuales el 10,5 % son niñas de entre cero y cinco años. Además, las cifras evidencian que los presuntos agresores son generalmente del entorno cercano y la agresión ocurre principalmente en los hogares de las víctimas. Para el 2022, alrededor del 84 % de los presuntos agresores eran o amigo(a)s, conocidos, encargados del cuidado, familiares, pareja o ex pareja de las niñas y mujeres víctimas y de acuerdo con las cifras el 74,87 % del total de las niñas y mujeres víctimas fueron agredidas en su vivienda. Los departamentos donde se concentraron el mayor número de reportes durante 2022 fueron Bogotá con el 19,79 % de las victimas; Antioquia (10,52 %); Cundinamarca (7,11 %) y Valle del Cauca (6,72 %). Los departamentos donde se presentaron el menor número de casos fueron el Guaviare con un caso, Boyacá con dos y el Chocó con tres.

Cabe aclarar, que dichas estadísticas son las cifras oficiales de víctimas que acuden al Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses a practicarse los exámenes de salud necesarios para el inicio de la investigación y denuncia penal del delito. Por lo que, las cifras de los departamentos donde se presentaron el menor número casos pueden estar influenciadas por un subregistro estatal, pues en este tipo de territorios apartados la tasa de denuncia es baja y las mujeres no cuentan con acceso a los servicios de salud necesarios para la atención de este tipo de casos, considerando que se enfrentan a obstáculos para acceder a ellos, hay poca disponibilidad de información, falta de presencia de entidades estatales para el acceso oportuno a la justicia, en muchos casos falta de confianza institucional, un mayor estigma social a la hora de denunciar y un significativo riesgo al acceder a la denuncia o asistir a los servicios de salud al ser muchas veces amenazadas por sus victimarios. Lo anterior, ha reforzado la necesidad de hacer registros fuera de las instituciones como lo es el Observatorio Colombiano de Feminicidios.

En definitiva, este debe ser un tema central en la discusión de política pública a partir de la identificación, sistematización e implementación de buenas prácticas para la atención de este fenómeno. En particular, se deben desarrollar y fortalecer las capacidades estatales en torno a la igualdad de género, generando políticas enfocadas en prevenir, atender y reparar la violencia contra las mujeres y las niñas. De acuerdo con la CEPAL[13], las políticas de prevención comprenden: i) intervenciones de comunicación y sensibilización orientadas al cambio de patrones culturales patriarcales a través de campañas públicas y talleres; ii) educación a través de programas de educación sexual integral en los diferentes niveles de escolaridad; y iii) generación de mecanismos de pedidos de auxilio en espacios públicos y fortalecimiento de protocolos de actuación policial ante situaciones de violencia contra las mujeres.

Las políticas de atención deben estar enfocadas en: i) garantizar el acceso oportuno a servicios de salud física y mental en los que no se revictimice a la víctima; y ii) garantizar el acceso a la justicia a través de acciones que fortalezcan las instancias judiciales. Se deben fortalecer tanto sus capacidades institucionales como las rutas de atención, las cuales deben contar con enfoque de género para la atención de las víctimas brindando el apoyo legal necesario, del mismo modo, se debe fortalecer la coordinación entre los servicios de justicia, llevando a cabo campañas de socialización de las vías de atención y justicia para las víctimas.

Finalmente, las políticas de reparación deben incluir: i) acciones y programas enfocados en el empoderamiento físico de las mujeres, así como su recuperación y rehabilitación física, psicológica, emocional y social, mediante los servicios de atención necesarios; y ii) acciones que permitan reforzar el empoderamiento económico de las mujeres mediante estrategias que impulsen una mayor participación de ellas en el mercado laboral, educación financiera y acceso al crédito que aseguren su independencia económica y nivele el poder de negociación de la mujer en el hogar, sobre todo en aquellos territorios apartados donde los niveles de desempleo y pobreza son altos y hay una falta de presencia de entidades estatales.

Bibliografia

[1] Tomado de Boletín 280 – 2023: https://www.procuraduria.gov.co/Pages/3-mujeres-cada-hora-128-al-dia-y-47-mil-en-2022-fueron-victimas-de-violencia-intrafamiliar-procuraduria.aspx

[2] Tomado de Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer, ONU (1994): https://www.acnur.org/fileadmin/Documentos/BDL/2002/1286.pdf?file=fileadmin/Documentos/BDL/2002/1286

[3] Es una ideología que considera a la mujer o lo femenino como inferior en uno o varios aspectos con respecto al hombre o lo masculino; la cual se compone de conductas, comportamientos y creencias que promueven, reproducen y refuerzan diversas violencias, misoginias y formas discriminatorias contra las mujeres y lo femenino.

[4] Es la aversión, rechazo, odio o prejuicio a y hacia las mujeres.

[5] Es cualquier distinción, exclusión, restricción o preferencia u otro trato diferencial que tenga la intención o el efecto de anular o perjudicar el reconocimiento, el disfrute o el ejercicio, en igualdad de condiciones, de derechos humanos y libertades fundamentales en el ámbito político, económico, social, cultural o de cualquier otro campo de la vida pública.

[6] Que muchas teóricas llaman sistema patriarcal o patriarcado.

[7] Tomado de Preguntas frecuentes: Tipos de violencia contra las mujeres y las niñas: https://www.unwomen.org/es/what-we-do/ending-violence-against-women/faqs/types-of-violence

[8] Tomado de Preguntas frecuentes: Tipos de violencia contra las mujeres y las niñas: https://www.unwomen.org/es/what-we-do/ending-violence-against-women/faqs/types-of-violence

[9] Entendido como el conjunto de políticas, instrumentos, componentes y procesos, cuyo fin es incluir en la agenda de las diferentes ramas del poder público los temas prioritarios en materia de garantía de los derechos humanos de las mujeres, con especial énfasis en el impulso de la transversalidad del enfoque de género y étnico para las mujeres en las entidades del orden nacional y en la definición de políticas públicas sobre equidad de género para las mujeres.

[10] Tomado de En Colombia, el 90 por ciento de los delitos sexuales quedan en la impunidad: https://www.semana.com/en-colombia-el-90-por-ciento-de-los-delitos-sexuales-queda-en-la-impunidad/1507/

[11] Tomado de Reporte Dinámico de Feminicidios Colombia: https://www.observatoriofeminicidioscolombia.org/index.php/reportes

[12] Tomado de Observatorio de violencia: https://www.medicinalegal.gov.co/cifras-de-lesiones-de-causa-externa

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